Larrazabal aclara que el descuento eléctrico para mayores es un derecho vigente desde 1998
El expresidente de ANAMBO aclara que el descuento del 20% en los primeros 100 kWh mensuales para adultos mayores propietarios es un derecho establecido por ley desde 1998, no una medida reciente. Se aplica a un solo medidor y requiere presentar cédula y última papeleta.
Descuento eléctrico del 20% para mayores es un derecho vigente desde 1998
El beneficio, que aplica a los primeros 100 kWh mensuales, está establecido por ley desde hace casi 30 años. Félix Larrazabal, expresidente de la Asociación Nacional de Adultos Mayores de Bolivia (ANAMBO), aclaró que no es una medida reciente, tras una difusión de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE).
Base legal y alcance del derecho
Félix Larrazabal explicó que el descuento tiene su base en la Ley 1886 de 1998 y la Ley 369 de 2013. Estas normas obligan a las empresas proveedoras de servicios básicos, públicas y privadas, a aplicar la rebaja. “Este derecho tiene entre 28 y 30 años de vigencia”, precisó. Está dirigido exclusivamente a personas adultas mayores propietarias de una vivienda y se aplica a un solo medidor a su nombre.
Requisitos para acceder al beneficio
Para hacer efectivo el descuento, el adulto mayor debe presentar una fotocopia de su cédula de identidad y su última papeleta de pago de la luz. Larrazabal recomendó realizar el trámite a inicios o finales del año para asegurar que el descuento se aplique de forma continua durante los 12 meses.
Irregularidades en el cumplimiento y socialización
El expresidente de ANAMBO reconoció que durante años el cumplimiento fue irregular por parte de las empresas. “Muchas no aplicaban el descuento o lo hacían de manera incorrecta”, señaló. A esto se sumó el desconocimiento de muchos adultos mayores sobre la existencia del beneficio. Actualmente, Larrazabal indicó que en ciudades como Sucre el descuento ya se cumple adecuadamente y que viene socializando esta información en el país.
Un derecho consolidado, no una concesión
La normativa es de cumplimiento obligatorio para todas las empresas. Larrazabal concluyó enfatizando que no es un favor ni una concesión, sino un derecho adquirido por ley. Su aplicación concreta se ha venido desarrollando en los últimos 13 años.
Implicaciones del recordatorio
La aclaración pone en evidencia la necesidad de difundir derechos de larga data para asegurar su cumplimiento. El llamado de Larrazabal busca que los adultos mayores exijan el beneficio y que las empresas, incluidas las privadas, apliquen la ley de forma correcta y sistemática.