TSE ratifica la cancelación definitiva de la personería jurídica de ADN
El Tribunal Supremo Electoral confirmó la cancelación definitiva de la personería jurídica de ADN por su bajo rendimiento en 2025. La medida, respaldada por la justicia, también inhabilita a todas las alianzas que integraba, cerrando su participación en los comicios subnacionales.
TSE ratifica cancelación de ADN y excluye a sus alianzas electorales
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la cancelación definitiva de la personería jurídica de Acción Democrática Nacionalista (ADN). La decisión, basada en su bajo rendimiento en los comicios de 2025, también inhabilita a las alianzas que integró. Un tribunal chuquisaqueño rechazó un amparo contra esta resolución.
Resolución administrativa y efecto dominó
El TSE emitió la Resolución Administrativa TSE-RSP-ADM N.° 020/2026, haciendo cumplir un Auto Constitucional. La medida se aplica porque ADN no alcanzó el 3% de votos válidos en las Elecciones Generales 2025. La cancelación se extiende a todas las alianzas donde participaba ADN, ya que, según el tribunal, una alianza requiere la plena concurrencia de todos sus componentes.
Calendario electoral y principio de preclusión
El organismo electoral subrayó que el calendario para los comicios subnacionales de 2026 está en ejecución. Cualquier intento de repetir fases “pone en riesgo la logística planificada”. Reiteró el principio de preclusión de la Ley Electoral, que impide anular procesos ya avanzados, y advirtió que no admitirá acciones para modificar el cronograma.
Fallo judicial respalda al órgano electoral
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de Chuquisaca declaró improcedente un amparo de Horacio Poppe, candidato a la Alcaldía de Sucre por la alianza Nueva República. Las vocales Paola Barrón y Julia Andrade determinaron que Poppe carecía de legitimación activa para interponer la acción y que esta era extemporánea, pues los efectos de la resolución del TSE ya estaban consumados.
Antecedentes de la inhabilitación
La determinación del TSE había sido suspendida temporalmente por una acción de inconstitucionalidad de ADN. Tras el pronunciamiento constitucional correspondiente, se procedió a la cancelación definitiva de la personería jurídica del partido y de las alianzas que lo integraban.
Cierre del caso y consecuencias inmediatas
Con el rechazo judicial al amparo, queda firme la exclusión de ADN y la alianza Nueva República del proceso electoral. El TSE garantiza el desarrollo “normal, oportuno y transparente” de las Elecciones Subnacionales 2026, cerrando la vía a impugnaciones sobre este punto.