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Senado sanciona ley que obliga a exautoridades a permanecer en Bolivia seis meses

El Senado aprobó por unanimidad una ley que amplía el arraigo obligatorio para exfuncionarios de 90 días a seis meses. La norma busca garantizar la rendición de cuentas durante la transición de gobierno y afecta a una amplia lista de altos cargos.

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Senado sanciona ley de permanencia obligatoria de seis meses para exautoridades

Los exfuncionarios del gobierno de Luis Arce no podrán salir del país durante seis meses tras dejar el cargo. El Senado aprobó por unanimidad una ley que modifica el arraigo obligatorio, ampliándolo de 90 días a medio año. La norma busca garantizar la rendición de cuentas durante la transición de gobierno.

Trámite exprés para una ley clave

La Cámara de Senadores sancionó la ley en una sesión virtual este sábado, con el voto unánime de los 36 legisladores presentes. El proceso fue expedito: la Comisión de Justicia Plural de Diputados trató el proyecto el miércoles y lo pasó al plenario el jueves. Los senadores dispensaron el trámite en comisión, lo que permitió su tratamiento directo en el pleno.

Contenido y alcance de la norma

La ley establece la obligación de permanecer en el territorio nacional por seis meses para una amplia lista de exautoridades. Esta medida afecta a expresidentes, vicepresidentes, ministros, gobernadores, alcaldes, asambleístas y máximos ejecutivos de empresas públicas. El objetivo declarado es “rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes”.

De un año a seis meses: el debate previo

El proyecto original, discutido en la Cámara de Diputados, preveía un arraigo de un año. Tras un debate en la comisión, el plazo se redujo a los seis meses finalmente sancionados. La ley anterior, que fijaba 90 días de permanencia, queda abrogada.

Próximos pasos para su entrada en vigor

La ley sancionada requiere aún de dos trámites. Primero, debe ser firmada por las directivas de ambas cámaras legislativas. Luego, será remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación por el presidente. La norma entrará en vigor una vez publicada en la Gaceta Oficial del Estado, según establece el artículo 164 de la Constitución.

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