TSE otorga 30 días para tramitar certificado de exención de voto
El Tribunal Supremo Electoral otorga un plazo de 30 días tras los comicios para gestionar el certificado de exención de voto. El trámite requiere justificar el impedimento ante los Tribunales Electorales Departamentales.
Ciudadanos que no votaron tienen 30 días para tramitar certificado de exención
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) otorga un plazo de 30 días, tras los comicios, para gestionar el certificado. El trámite se realiza ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED) y requiere documentación justificativa.
Requisitos y causales para la exención
La Ley del Régimen Electoral 026 establece las causales. Incluyen enfermedad, viaje inexcusable, trabajo, accidente o privación de libertad. También aplica a personas con discapacidad motora grave o que estaban fuera del país.
Documentación necesaria para el trámite
Los solicitantes deben presentar documentos que acrediten el impedimento. Según el caso, se requiere certificado médico, memorándum laboral, contrato de servicios, pasajes de avión o certificado de discapacidad.
Base legal del procedimiento
Los artículos 145 y 154 de la Ley N.° 026 regulan este proceso. La norma define que la exención es para ciudadanos que, por causas ajenas a su voluntad, no pudieron emitir su voto.
Implicaciones del certificado
El trámite permite regularizar la situación ante la ley. El certificado es el documento oficial que justifica la inasistencia a las urnas en las Elecciones Subnacionales 2026.