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Impuestos modifica resolución con un post en Facebook y genera controversia legal

El SIN publicó un post en Facebook como fe de erratas para modificar el plazo del IUE, lo que genera inseguridad jurídica. La RND 014 sigue vigente sin cambios oficiales.

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Foto: SIN / SIN / Agencia de Noticias Fides

Impuestos modifica resolución con un post en Facebook

La Resolución Normativa de Directorio 014 sigue vigente sin cambios oficiales. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) publicó un post en Facebook como fe de erratas para modificar el plazo del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), lo que genera controversia jurídica.

Un post en Facebook frente a una resolución oficial

El SIN aprobó la RND 102600000014 el 16 de abril de 2026. Prórroga el plazo para presentar y pagar el IUE y los estados financieros hasta el 29 de mayo de 2026. El 20 de abril, la institución difundió un post titulado «Aviso importante: fe de erratas». Señala que en la disposición adicional primera se escribió «29» en lugar de «04».

Roberto Viscafe, especialista tributario, afirmó que es la primera vez que ve modificar una resolución normativa mediante redes sociales. Indicó que el post no tiene valor normativo jerárquico para sustituir una RND.

Repercusión legal y riesgos para contribuyentes

El especialista alertó que un contribuyente podría desconocer la modificación en un proceso de impugnación. «No es vinculante para una obligación si no está descrito en el Código Tributario», advirtió Viscafe. La RND 014 sigue vigente sin cambios en el sitio oficial del SIN. El comunicado no aparece en la página web ni en otras redes sociales.

Antecedentes: la resolución original y su contenido

La RND 102600000014, del 16 de abril, prorroga hasta el 29 de mayo de 2026 el plazo para el IUE de la gestión 2025. También extiende hasta esa fecha el envío de estados financieros, memoria anual y estudio de precios de transferencia.

Implicaciones: inseguridad jurídica y falta de seriedad

Viscafe calificó la acción como desprolija y poco seria. Afirmó que una fe de erratas sirve para cambios ortográficos o formales, no de fondo. El post en Facebook no tiene carácter legal para modificar una resolución normativa, lo que genera inseguridad jurídica para los contribuyentes.

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